LAS NUEVAS COMPETENCIAS DE LOS GRADUADOS SOCIALES

graduado social riojaEl Graduado Social ya es competente para la interposición del recurso de suplicación en el orden social. Actualmente está en trámite las autorizaciones para la incorporación al turno de oficio en derecho laboral (SS, trabajadores, empresas, extranjería), el servicio jurídico de orientación laboral, y la representación de clientes ante la Jefatura de Tráfico. Aun pendiente para un futuro cercano queda la autorización para la firma del recurso de casación ante la sala cuarta del TS.

 

Los Graduados Sociales, hasta no hace mucho tiempo, limitaban su actuación a materias de  RRHH, actuaciones ante la Seguridad Social y en los juzgados, aunque únicamente en primera instancia en los órdenes mercantil y laboral, siendo por otro lado, su actuación, junto con los letrados en dicha instancia, de carácter meramente facultativo. Recientemente hemos visto ampliadas nuestras competencias al recurso de suplicación, la segunda instancia en el orden social, por lo que ya se podía representar técnicamente cualquier litigio en instancia y en fase de recurso hasta agotar el ámbito judicial autonómico, hasta la firmeza del asunto.

Pues bien, en esta entrada vamos a comentar las 3 nuevas competencias que se añadirán a las anteriores, a saber, la incorporación al turno de oficio, el servicio jurídico de orientación laboral y las gestiones de representación de clientes ante las Jefaturas de Tráfico.

 

1.- LA INCORPORACIÓN DE LOS GRADUADOS SOCIALES AL TURNO DE OFICIO (ORDEN SOCIAL)

Los Graduados Sociales se incorporarán al turno de oficio en materias laborales y de Seguridad Social. De esta manera, a los ciudadanos a los que se les reconozca la asistencia jurídica gratuita, en materia laboral podrán ser defendidos tanto por abogados como por graduados sociales colegiados. Esto es, una vez reconocido el beneficio de justicia gratuita, si el procedimiento versa sobre materia laboral, se les podrá asignar indistintamente o bien un abogado de oficio o bien, también de oficio, un graduado social.

http://www.lavanguardia.com/vida/20151008/54437114217/los-graduados-sociales-se-incorporaran-al-turno-de-oficio.html

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil reconoce la capacitación de los graduados sociales para la representación técnica gratuita.El BOE Nº 239, de 6 de octubre, ha publicado la Ley 42/2015, de 5 de octubre*, que reforma la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y que, entre otras novedades, confirma la capacitación de los graduados sociales para formar parte del turno de oficio. El plazo para su establecimiento se estimó en 1 año desde octubre de 2015.

http://www.elderecho.com/actualidad/graduados-sociales-incorporaran-turno-oficio_0_869625075.html

http://www.graduadosocialmadrid.org/los-graduados-sociales-se-incorporan-al-turno-de-oficio/

Este estudio determinará la formación exigible al Graduado Social para formar parte del turno de oficio, aunque se estima que se requerirá para los nuevos colegiados licenciatura o grado para su equiparación con los abogados y un máster posterior. También se determinarán, en su caso, los requisitos para los que ya figurasen como colegiados ejercientes a la entrada en vigor de la norma, aunque se estima que en todo caso, éstos hagan referencia a la demostración de su capacitación o antigüedad.

Esta nueva competencia ha generado malestar tanto entre el colectivo de estudiantes de relaciones laborales como entre el colegio de abogados

http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/10358-la-posibilidad-de-que-los-graduados-sociales-puedan-formar-parte-del-turno-de-oficio-en-materia-laboral-desata-la-polemica-entre-este-colectivo-y-la-abogacia/

Argumentos de unos y otros

http://www.legaltoday.com/opinion/la-cara-y-la-cruz/esta-de-acuerdo-con-la-posibilidad-de-que-los-graduados-sociales-se-incorporen-al-turno-de-oficio

 

2.- EL SERVICIO JURÍDICO DE ORIENTACIÓN LABORAL GRATUITO.

En La Rioja aun está en fase de aprobación, pero se prestará próximamente en el nuevo Palacio de Justicia.

El servicio se añade al prestado por el Colegio de Abogados y asesorará previa cita, de forma presencial sobre el tema laboral o de Seguridad Social que demande el interesado, de forma totalmente gratuita, atendido por el colegiado que por turno rotatorio corresponda, y finalizando con la consulta la actuación del profesional sobre el asunto. El funcionamiento de este servicio se establecerá reglamentariamente por el Colegio de Graduados Sociales de La Rioja, aunque es similar en todos los colegios (pincha aquí https://www.gradusocialesnavarra.org/?wpdmdl=553)  

El servicio es muy interesante para los ciudadanos pues, descarga de trabajo al colegio de abogados sobre las consultas de derecho laboral y SS, reduce la espera e incorpora el asesoramiento de profesionales cualificados en la rama del derecho laboral.

Este servicio ya se encuentra activo en otros colegios de Graduados Sociales:

Sevilla http://cgssevilla.com/2012/10/18/oficina-socio-laboral-gratuita/

Cantabria http://www.graduadosocialcantabria.com/actividad-colegial/servicio-de-orientacion-juridico-laboral/

Salamanca http://www.graduadosocial.org/docs/19_mayo_2015(gr%20sociales).pdf

Madrid http://www.graduadosocialmadrid.org/category/ciudadanos/

Almería http://www.cgsalmeria.com/index.php/actividades-colegiales/actos-colegiales/423-nuevo-servicio-de-orientacion-juridico-laboral-gratuitoBaleares desde septiembre de 2013  

Baleares Reglamento del servicio 

http://www.cgsbaleares.com/imgdb/archivo_ada497930277.pdf desde 2010

Navarra https://www.gradusocialesnavarra.org/oficina-de-orientacion-justicia-gratuita/

 Reglamento de funcionamiento del servicio

https://www.gradusocialesnavarra.org/?wpdmdl=553

Málaga y Melilla http://www.graduadosociales.com/index.php?option=com_content&view=article&id=294

 

3.- AUTORIZACIÓN PARA LA REPRESENTACIÓN DE CLIENTES ANTE LA JEFATURA PROVINCIAL CORRESPONDIENTE DE TRÁFICO.

Con esta autorización se solucionará definitivamente el monopolio en favor del colegio oficial de gestores administrativos, que hasta la fecha la disfrutaba con absoluta exclusividad, sin encaje alguno en la ley 30/92 LRJAP y Pac que otorga a todos los ciudadanos con capacidad de obrar la facultad de representación de terceros, previa autorización. Esta situación era permitida por la justicia en base a la orden ministerial que establecía el convenio administrativo entre el órgano administrativo de tráfico y el colegio de gestores administrativos, y por la inexistencia de convenio con el colegio de Graduados Sociales. Sin embargo, dicho convenio aprobado por orden ministerial es de rango claramente inferior a la ley 30/92, por lo que la solución de esta situación era solo cuestión de tiempo. El obstáculo era de carácter administrativo, y la solución va a venir de la misma manera, mediante la aprobación de nuevos convenios de colaboración con los colegios de graduados sociales.

En La Rioja, aun está pendiente de aprobación por la Dirección Provincial de Tráfico de La Rioja, que deberá firmar el correspondiente convenio. No obstante, las negociaciones ya se han llevado a cabo. Su autorización requerirá la tramitación de los expedientes a través del colegio y se eximirá de presentación de originales al Graduado Social, en cumplimiento de la orden de 20 de marzo de 1967, confirmada por la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1980, y por la sentencia

http://www.cgsm.es/documentos/NOTA_TRAMITES%20JEFATURAPROVINCIALTRAFICO.pdf

 

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